Crear una aplicación para el teléfono móvil puede ayudarte a ganar mucho dinero, especialmente si estamos hablando de una muy buena idea.
Con el avance del desarrollo de aplicaciones informáticas, pronto se llegó a la conclusión de que hacía falta crear un proceso que protegiese ante copias y plagios. Esto nos lleva a la reflexión de si es posible patentar una app.
De la misma forma que cualquier otro tipo de software, las aplicaciones o apps no se pueden patentar. Puedes encontrar más información en la Ley de Patentes en el artículo 44, en donde se explica que el software no se considera una invención cómo tal.
Así que no es posible patentar una app.
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¿Entonces no es posible proteger una app móvil frente a cualquier plagio?
Es posible, con la diferencia de que no habrá que protegerla utilizando el derecho de patente. En su lugar, utilizaremos el registro de la propiedad intelectual.
También es importante tener en cuenta que no es posible registrar una idea de app. Hay muchas aplicaciones que parten de la misma idea, pero la desarrollan de diferente forma.
Lo primero que tenemos que hacer es saber que existen diferentes Registros de Propiedad Intelectual. Esto es debido a que la gran mayoría de las Comunidades Autónomas cuentan con Registros Territoriales propios en donde se puede hacer la gestión. En principio, no tendríamos ningún problema para registrarla en ellos.
¿Cuál es el proceso del Registro de la Propiedad Intelectual para inscribir una app?
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Datos personales
Lo primero que nos van a pedir en el registro es que indiquemos nuestros datos personales.
Se puede indicar un autor o varios y también habrá que indicar si son personas físicas o personas jurídicas.
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Documentos a presentar
Con independencia del tipo de software que se presente, estos son los documentos que habrá que incorporar:
- El código fuente en su totalidad. Este recurso será presentado como el ejemplar de la aplicación en cuestión.
- Un archivo ejecutable del programa.
- Opcionalmente, también se puede presentar una memoria explicativa sobre el programa.
También habrá que diferenciar entre tipos de obra:
- Si estamos hablando de una app móvil que se ha creado por una empresa que se la ha encargado a sus empleados, nos referimos a ella como una obra colectiva.
- Si en la creación de la misma participan diferentes personas que tengan relación laboral con la empresa, se tratará también de una obra colectiva.
Hay que tener presente que, aunque estas obras pertenecen al autor o a los autores, la empresa tendrá ciertos derechos patrimoniales por lo que también puede encargarse del registro.
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Pago de tasas
Una vez tengamos listos los documentos que nos solicitan, y que hayamos cumplimentado el formulario pertinente, el último paso será abonar una serie de tasas. Es importante consultarlas en el momento de presentación, ya que pueden haber sufrido alguna modificación.
Entre algunas de las tasas podemos encontrar aquellas relacionadas con la tramitación de expedientes de solicitud, expedición de certificados de inscripción, expedición de notas simples, diligencia de autenticación de firma, documentación en soporte distinto a papel, etc.
Ya hemos visto que no es posible patentar una app móvil, pero esto no quiere decir que nos tengamos que quedar a merced de cualquier tipo de robo o falsificación.
Es posible hacer valer nuestros derechos sobre la misma. Para ello, previamente habrá que inscribirla en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Teniendo en cuenta la importancia de este proceso, te animamos a buscar ayuda profesional para que puedan solucionar todas las dudas que tengas. Sólo así te aseguras de que tienes plenas garantías jurídicas ante cualquier pleito legal.